Esta cláusula es la clave de todo el documento que sigue: Argentina eligió constitucionalmente la vía del Derecho Internacional como único camino legítimo para resolver la disputa. No es una opción de gobierno: es un mandato constitucional que obliga a cualquier administración, de cualquier signo político. La guerra de 1982 fue, en ese sentido, una ruptura de la propia tradición jurídica argentina, que desde 1833 había sostenido el reclamo exclusivamente por la vía del reclamo diplomático y la protesta formal.
Entender la fuerza del reclamo argentino exige conocer también los argumentos que invoca la contraparte. Esta es una disputa jurídica real, no una posición unilateral sin sustento, y comprenderla en sus dos caras fortalece la posición de quien la sostiene.
Ningún tribunal internacional se ha pronunciado sobre el fondo de esta disputa de soberanía, porque el Reino Unido nunca aceptó someterse a la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia para este caso específico. Lo que sí existe es el reconocimiento explícito de la ONU de que hay una controversia de soberanía pendiente de resolución pacífica — un punto en el que ambas partes formalmente coinciden, aunque difieran radicalmente en cómo debería resolverse.
El respaldo a la posición argentina no se limita a una declaración aislada: se renueva sistemáticamente en cada período de sesiones de los organismos multilaterales donde la cuestión se trata. El Mercosur, la Unión Africana y el bloque de países que integran la Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur (que incluye a casi todos los países de la costa atlántica africana) constituyen una base de sustentación diplomática que ningún gobierno argentino debería resignar, independientemente del signo político que lo encabece.
La Constitución argentina fija el límite y también el camino: la recuperación del ejercicio de la soberanía debe darse "conforme a los principios del Derecho Internacional". Estas son las líneas de acción que pueden sostener y fortalecer la causa nacional sin apartarse nunca de esa vía.
Mantener presencia activa y constante en cada sesión del Comité Especial de Descolonización y de la Asamblea General, exigiendo el cumplimiento de las más de 60 resoluciones que llaman a negociar. La causa se debilita cuando un gobierno la abandona y se fortalece con la persistencia entre administraciones de distinto signo.
Reforzar la coordinación con la "misión de buenos oficios" del Secretario General de la ONU como mecanismo formal para impulsar la reanudación del diálogo bilateral.
Profundizar los vínculos con la CELAC, el Mercosur, la Unión Africana y los países de la Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur, que ya respaldan formalmente el reclamo. La diplomacia sur-sur es un activo estratégico que Argentina debe cultivar de forma constante, no solo en aniversarios.
Buscar la ampliación del bloque de apoyo hacia nuevos países, especialmente en Asia y el resto de África, donde el reclamo argentino tiene menor visibilidad pública.
Evaluar formalmente la posibilidad de plantear el caso ante la Corte Internacional de Justicia, aun sabiendo que requiere el consentimiento británico para la jurisdicción contenciosa. El planteo formal, aunque sea rechazado, tiene valor diplomático: documenta ante la comunidad internacional la disposición argentina a resolver la disputa por la vía jurídica.
Estudiar antecedentes de descolonización similares resueltos por organismos internacionales, como el caso de las islas Chagos devueltas por el Reino Unido a Mauricio, que sienta un precedente relevante sobre el mismo principio de integridad territorial.
Sostener y ampliar los acuerdos de cooperación práctica que no involucran la cuestión de soberanía: identificación de soldados caídos no identificados, facilitación de vuelos, intercambios académicos y científicos. Estos acuerdos construyeron confianza mutua en el pasado sin resignar el reclamo de fondo.
La experiencia histórica (1966-1971) demuestra que los avances prácticos en comunicaciones pueden coexistir con el reclamo de soberanía sin contradecirlo, bajo la fórmula de "reserva de posiciones" que ambas partes usaron exitosamente.
Argentina puede regular, dentro del derecho internacional, el acceso a su plataforma continental y aguas adyacentes para actividades de pesca y exploración de hidrocarburos vinculadas a las islas, como ya hizo en distintos períodos históricos. Es un instrumento de presión económica legítimo que no involucra el uso de la fuerza.
Sostener el cuestionamiento formal —ya planteado por la Cancillería— a la exploración petrolera unilateral en el Atlántico Sur, documentando ante organismos internacionales cada nueva concesión británica como violación de las resoluciones de la ONU.
Garantizar que la causa Malvinas mantenga continuidad institucional más allá de los cambios de gobierno, evitando que se convierta en un tema de disputa partidaria interna. El Consejo Nacional de Asuntos Relativos a las Islas Malvinas, creado en 2020, debe fortalecerse como ámbito de consenso entre oficialismo y oposición.
Invertir en la formación de nuevas generaciones de diplomáticos especializados en la cuestión, y en la divulgación pública —especialmente entre los más jóvenes— de los fundamentos históricos y jurídicos del reclamo, para sostener el consenso social que la causa necesita por generaciones.
Ninguna de estas líneas de acción garantiza un resultado en el corto plazo. La experiencia de 1966-1968 demuestra que incluso cuando una negociación avanza sustancialmente, factores de política interna británica pueden frenarla. La estrategia diplomática es, por definición, un trabajo de largo aliento que se mide en décadas, no en años de gobierno. Lo que la Constitución exige —y lo que la memoria de los caídos en 1982 impone como deber moral— es que esa paciencia nunca se convierta en abandono del reclamo, y que la vía pacífica nunca vuelva a ser interrumpida por la vía de las armas.
Este documento forma parte del proyecto Sanar la Argentina 2027. Honrar a quienes dieron su vida en 1982 es sostener la causa por la única vía que la Constitución y la historia nos enseñaron que es correcta: la diplomacia, la persistencia y el derecho internacional.